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.Reseña de actividades

.Período 1991 - 1995

Reseña de Actividades Período 20 de Septiembre 1991 a 31 Agosto 1995
 

El 20 de Septiembre de 1991 en la ciudad de Villa María, un grupo de 20 firmas comerciales radicadas en la provincia de Córdoba, resuelve la fundación de la Cámara Eempresaria de Distribuidores de Agroquímicos, Semillas y Afines de Córdoba “CEDASAC” aprobando para ello los estatutos sociales, los cuales contemplan integrar a personas físicas y razones sociales constituidas que dedican su actividad a la comercialización de agroquímicos, semillas y fertilizantes. En sus fundamentos se prevé asumir la defensa y representación de los asociados en asuntos de índole comercial, laboral, gremial y profesional, ante autoridades nacionales y provinciales, organizaciones intermedias, Asociaciones de entidades proveedoras, organismos autárquicos etc. Gestionar en todos los niveles por aquellas normas y reglamentaciones que perjudiquen la actividad, participar en el estudio de nuevas disposiciones o en la revisión de las legislaciones vigentes que afecten los intereses del sector. Mejorar las desventajas comparativas con relación a firmas competidoras que por su ubicación geográfica usufructuaban beneficios que desoptimizaban las posibilidades de las empresas radicadas en nuestra provincia.

Los estatutos sociales prevén dos categorías de socios; activos: Que son los comercios cuya actividad principal es la comercialización de semillas y/o agroquímicos, y adherentes: Aquellas empresas que comercializan estos insumos, pero ello no significa su actividad principal, tal es el caso típico de Acopiadores y Cooperativas agropecuarias.

Al hacerse cargo de la conducción de la entidad la C.D. se impuso la meta de lograr una disminución en la alícuota de Ingresos Brutos, al mismo tiempo que detecta serias falencias en la implementación de la Ley Provincial e Agroquímicos.

En la creencia de la necesidad de consensuar con los distintos sectores, principalmente vinculados en la ley de Agroquímicos, la C.D. no escatima esfuerzos para tratar de analizar la cuestión con la Cámara de Empresas Agroaéreas y la Federación de Ingenieros Agrónomos, como así también con funcionarios del Ministerio.

En abril de 1992 teniendo en cuenta la complejidad de la Ley de Agroquímicos y los intereses contrapuestos existentes en los distintos sectores, la C.D. designa un comité “ad-hoc” integrado por los ingenieros Martín Nocelli, Raúl D’Amario, y Gustavo Torre con instrucciones precisas para que elaboraran un proyecto de modificación de la Ley y/o Decreto Reglamentario adecuando el futuro instrumento a compatibilizar intereses y propuestas, pero fundamentalmente a redactar una norma moderna, coherente y aplicable. La designación recae en los tres integrantes por presentar la particularidad de ser ingenieros Agrónomos, estar al frente de sus agronomías, brindar 1 servicio de pulverizaciones y al mismo tiempo ser productores agropecuarios. De esta manera estábamos garantizando el conocimiento de los cuatro elementos esenciales que tienen incumbencia en esta legislación.

El 14 de mayo de 1992, CEDASAC organizó una conferencia con la presencia del Gerente General de ASA y ARPOV, lng. Norberto Severo, en el transcurso de la misma se clarificaron varios aspectos que hacen al régimen de fiscalización e identificación de semillas. El disertante debió responder múltiples preguntas y también atender varias críticas formuladas por la concurrencia.

Además del objetivo de informar y actualizar (ampliamente alcanzado) CEDASAC logra que ARPOV acepte el criterio de validez de una declaración jurada para el caso de transporte de una mercadería natural con destino a semilla, cuando el productor o comercio remitente no haya suscripto contratos de identificación con el obtentor.

El 31 de julio de 1992, conforme lo permiten los estatutos sociales CEDASAC crea el Comité de Procesadores de Semillas en la Ciudad de Villa María, este organismo se constituye a los efectos de atender en primera instancia la problemática del sector.

El 5 de agosto de 1992 ARPOV nos hace llegar una circular por la cual notifican la prohibición de comercializar cualquier semilla de maíz que no registre la categoría de fiscalizada, conforme lo establece una resolución del INASE. Sobre el particular esta Cámara actuó rápida y enérgicamente. Como consecuencia de la acción desarrollada mantuvieron reuniones con directores de INASE, se elevó un memorándum a la Comisión Nacional de Semillas (CONASE) donde se solicitó la participación de nuestra entidad en las deliberaciones. CEDASAC expresaba que no dejaba de reconocer los aspectos favorables de la medida, pero al mismo tiempo indicaba muy claramente la posibilidad de aplicar esa normativa de inmediato, por lo tanto sosteníamos que por más buen propósito que contemple una resolución , la misma fracasará si resulta inaplicable. Los argumentos esgrimidos por la C.D. proponían permitir la comercialización libremente para esa campaña y celebrar en ese preciso momento el compromiso de respetar a rajatablas la resolución para la campaña de 1993. realizándose desde ese momento la difusión correspondiente. El resultado de las gestiones resultó bastante satisfactorio, si bien no se aprobó la libre comercialización, el INASE entendió perfectamente la postura del CEDASAC, (la que calificaron de sólida y coherente) absteniéndose de efectuar inspecciones.

En gestiones realizadas ante INASE se acuerda que el Instituto enviará a la Cámara todas las resoluciones e adopte, como así también la normativa existente, producto de tal convenio nuestros afiliados reciben la nómina cultivares de todas las especies, con los nombres de los obtentores o introductores y la fecha de vencimiento de protección, así mismo se remiten las Exigencias Mínimas y Tolerancias Máximas para las diferentes especies cultivables.

En noviembre de 1992 CEDASAC alcanza quizás el éxito más resonante. La Legislatura Provincial aprueba presupuesto de gastos y recursos para 1993 emanado del Poder Ejecutivo, en el mismo se contemplaba la reducción de la alícuota de Ingresos Brutos para agroquímicos y fertilizantes del 2,5 % al 1 %. Tal como lo mencionamos al inicio de la presente, este tema fue un objetivo fundamental trazado por la Cámara desde su creación, para ello los integrantes de la C.D. realizaron múltiples gestiones ante distintos funcionarios y legisladores. Las argumentaciones empleadas fueron varias, pero los elementos de mayor peso resultaron; las condiciones favorables con respecto a otros distritos, la facturación directa y las operaciones por cuenta y orden. Cabe destacar apoyo brindado por el Senador Nicolás Harrington y los Diputados Matías Iglesias y Cristian Asensio.

En abril de 1993 esta Cámara presentó al Directorio del Banco de la Provincia de Córdoba una iniciativa por cual la entidad crediticia otorgaría un aval bancario a aquellos productores agropecuarios cuyas carpetas lo habilitaran para !a adquisición de insumos agrícolas, en dicha propuesta señalamos que la financiación estaba a cargo de las empresas proveedoras, las que, entusiastas con el proyecto, estaban dispuestas a establecer en esa operatoria tasas preferenciales. Pese a nuestro optimismo no logramos que el Directorio se interesara en el proyecto.

En mayo de 1993 la C.D. aprueba el dictamen emanado del Comité de Estudio de la Ley de Agroquímicos, obstante CEDASAC convoca a una Asamblea General Extraordinaria donde somete a consideración el proyecto Modificación del Decreto Reglamentario, como consecuencia de las deliberaciones se aprueba la propuesta del Comité con algunas pequeñas modificaciones que lo enriquecen. Cabe destacar que el trabajo elaborado por CEDASAC es el único presentado en el Ministerio dentro de los plazos requeridos.

En octubre de 1993 pudimos detectar que el Ministro de Economía de la Provincia, Dr. Jorge Caminotti estaba proyectando un incremento de las alícuotas de Ingresos Brutos para la actividad comercial y dentro de las hipótesis que se barajaba no se contemplaban rubros preferenciales. Ante este cuadro de situación nos apersonamos a los funcionarios de la D.G.R. y del Ministerio de Gobierno, como así también a diferentes legisladores haciéndoles conocer las implicancias negativas que traería aparejado dicha medida. Nuevamente esgrimimos los fundamentos empleados el año anterior y como resultado de la gestión se logró mantener en 1 % para fertilizantes y agroquímicos y 2,5 % para semillas, en tanto que el resto de la actividad comercial quedaba gravada con el 3,5 % y el 4,5 %.

En diciembre de 1993 se crea el BANCO DE DATOS DE PRESUNTOS MOROSOS: que funciona de la siguiente manera; a) el socio damnificado (que esté dispuesto a hacerlo) elevará a la administración de CEDASAC por escrito y firmado por un titular de la misma o su gerente, una nota membretada en la que detallará la o las personas o sociedades que según su criterio revistan condición de morosos o defraudadores, detallando nombre apellido de sus componentes, como así su domicilio, sin consignar monto, origen, fecha de la deuda, etc.

b) Dicha información permanecerá registrada en la administración de la Cámara - debiéndose tratar con máxima discreción y confidencialidad - y no se confeccionará ningún tipo de listado. - c) Los socios de CEDASAC (ante la duda sobre la confiabilidad de algún potencial cliente) tiene derecho a averiguar a las secretarías rentadas de la Cámara, si determinada firma o persona figura en los registros del Banco de Datos de Presuntos Morosos. Si de quien se pidió antecedentes no existe información, así se le hace conocer telefónicamente y allí nomás queda incluído el trámite. Si por el contrario el nombre requerido está imputado, las secretarias administrativas responderán que evidentemente está registrado y que la inclusión fue aportada por tal o cuales asociados. - d) Por lo tanto si el licitante quiere conocer más detalles se conectará directamente con el denunciante. - e) Queda perfectamente establecido que en ningún momento y por ninguna causa CEDASAC suministrará información escritá de naturaleza alguna.

El 29 de diciembre de 1993 en el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Recursos Renovables se celebra a reunión con la presencia de los sectores involucrados por la Ley de Agroquímicos, con el objeto de tratar una reforma al Decreto Reglamentario N0 4160. Ese proyecto discrepa totalmente con el trabajo elaborado por CEDASAC, presentando diferencias substanciales, (tales como, que los depósitos deben estar ubicados fuera del radio urbano - Ratificar el uso obligatorio de la receta fitosanitaria y la no obligatoriedad para las empresas aeroaplicadoras de contar con asesoramiento técnico). Teniendo en cuenta dicho proyecto y considerando la posición asumida por los distintos sectores, todo parecería indicar que las sugerencias aportadas por la Cámara no tendrían ninguna repercusión favorable, no obstante la C.D. se impuso seguir bregando con nuestra propuesta, convencido de los sólidos fundamentos que la inspiraron.

El 28 de Diciembre de 1993 directivos de CEDASAC mantuvieron una reunión con las autoridades de ASA- ARPOV, en esa ocasión cuestionamos severamente el CONTRATO ARPOV - OBTENTOR (formulario enviado por ARPOV a todos los comercios vinculados al sistema) expresándole que su redacción resultaba irritante y su contenido era leonino, por lo tanto vaticinamos que esta entidad aconsejaría a sus afiliados a no suscribir dicho convenio. En esa reunión se solicitó una reducción en las regalías para los asociados a CEDASAC, sobre el particular se nos indicó que entendían nuestra requisitoria pero ese tema debía ser tratado con cada obtentor en particular.

Cabe destacar que no se solicitó la entrevista con los distintos obtentores por no poder saber fehacientemente de qué cantidad de bolsas estábamos negociando y a qué criadero correspondían, pese a las distintas encuestas planteadas a los asociados.

El 29 de Abril y el 16 de Mayo de 1994 se celebraron dos reuniones definitorias en el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Recursos Renovables de la Provincia, de la que participaron las entidades que nuclean a los ingenieros agrónomos, a los productores, aeroaplicadores, policías, universidad y otros organismos no gubernamentales, en las mismas se trató la modificación del Decreto Reglamentario de la Ley de Agroquímicos, en dichas sesiones nuestros delegados lucharon denodadamente para revertir una tendencia que como ya se explicó resultaba totalmente adversa a la posición sustentada por la Cámara. Con el avance del debate los argumentos de CEDASAC son reconsiderados hasta arribar a un instrumento que complace totalmente las aspiraciones de nuestra institución. Dado el vuelco substancial producido en las negociaciones, queda en evidencia la solidez del proyecto planteado por CEDASAC.

El 1 de diciembre de 1994 en una reunión celebrada en el INASE nos percatamos que una resolución de este organismo, establecía la obligatoriedad de nominar los cultivares de Centeno y Triticale en las simientes especificadas, sobre tablas planteamos a la presidencia del Instituto lo erróneo de dicha norma y los problemas que ello traería aparejado, ante nuestra exposición se nos requirió una fundamentación escrita, así se procedió y el INASE postergó la propuesta en vigencia de la Resolución hasta el 1 de enero de 1996.

El 10 de abril de 1995 ante el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Recursos Renovables de la Provincia se designa a nuestro Vicepresidente lng. Martín Nocelli para integrar una comisión de finanzas para administrar los recursos de las inscripciones al Registro de la Ley de Agroquímicos, que tenga por objeto garantizar la fiscalización.

También en esa reunión se nos indicó que CEDASAC sería nominado miembro titular en el CONSEJO ASESOR DE AGROQUIMICOS, para esta función se designa como titular al lng. Gustavo Torre y su alterno al Sr. Juan Pedro Waimann.
El 9 de junio de 1995 en Villa María mediante una Asamblea General Ordinaria se renueva la Comisión Directiva, estando a consideración de los asociados la totalidad de los cargos. La Mesa Directiva, resulta reelecta en su totalidad y se incorporan nuevos miembro titulares y suplentes.

Teniendo en cuenta la necesidad de recorrer la provincia y llevar por toda su geografía la propuesta de CEDASAC, a flamante C.D. aprueba la incorporación de un Coordinador con rango gerencial, con el propósito de efectuar una designación acorde a las necesidades no se escatimaron esfuerzos para realizar una selección conforme al perfil requerido, para ello se contrató a una acreditada consultora de Buenos Aires, se publicitó en dos matutinos provinciales y la respuesta fueron 82 postulantes, de ese total se seleccionaron nueve, a los que se entrevistó en el hotel de la Cañada de la ciudad de Córdoba el 22 de julio, de allí se pasó a una segunda ronda de entrevistas celebradas el 2 de agosto en Río Cuarto con tres finalistas, designándose para esta tarea jerárquica al Sr. Juan Ignacio Aguirre.

Pedro Rubén Di Santo
Secretario
Rubén Martín Nocelli 
Presidente

 

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  Ing. Ag. Eduardo Astorga - Coordinador
Roxana Mattias - Secretaria Administrativa