¿Es suficiente o es necesario consensuar una nueva Ley de Semillas?
- CEDASAC

- 24 jun
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En nuestro newsletter anterior analizamos el escenario actual del sector semillero tras la publicación de la Resolución Conjunta Nº 3/2026 de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca (SAGyP) y el INASE. Sin embargo, más allá de este avance regulatorio, las negociaciones continúan entre obtentores, multiplicadores, productores agropecuarios y el Estado.

La pregunta sigue siendo la misma: ¿alcanzará esta resolución para resolver los problemas estructurales del sistema o resulta indispensable consensuar una nueva Ley de Semillas? Desde nuestra perspectiva, la respuesta es clara: una nueva ley sigue siendo necesaria.
Más de dos décadas de debate sin resolución
Desde hace más de veinte años, CEDASAC trabaja activamente en la búsqueda de un marco normativo moderno y equilibrado para la actividad semillera. Ya en los primeros años de la década del 2000, cuando comenzaba a consolidarse la Federación de Insumos Agropecuarios (FeDIA), de la cualCEDASAC fue una de sus cámaras fundadoras, uno de los principales desafíos era encontrar mecanismos que garantizaran la sustentabilidad económica de los semilleros multiplicadores.
Durante años, la discusión quedó atrapada entre dos posiciones contrapuestas. Por un lado, las entidades de productores defendían el uso propio sin reconocimiento económico sobre las especies autógamas. Por otro, los obtentores reclamaban una mayor protección de la propiedad intelectual y un sistema que asegurara el recupero de sus inversiones en mejoramiento genético.
En esa ecuación había un actor fundamental que quedaba prácticamente excluido del debate: los semilleros multiplicadores.
Frente a esa situación, desde nuestro sector impulsamos una propuesta sencilla y transparente: establecer un sistema de regalía global sobre toda la producción comercializada con identificación varietal. Los fondos recaudados serían administrados por una entidad privada con supervisión estatal, encargada de distribuirlos entre los titulares de los derechos correspondientes.
Posteriormente, con la incorporación de los eventos biotecnológicos, el esquema debía contemplar también la participación de los registrantes de dichas tecnologías en la distribución de los recursos generados.
Mientras tanto, ante la falta de una nueva ley, los obtentores avanzaron con sistemas de reconocimiento de regalías mediante acuerdos privados.
Lo preocupante es que, después de más de dos décadas de discusiones, Argentina continúa sin resolver una cuestión estratégica para su competitividad agrícola, perdiendo oportunidades de crecimiento vinculadas a la genética y la innovación tecnológica.
Un consenso sobre la importancia de la innovación
Actualmente existe un punto de coincidencia entre todos los actores de la cadena: tanto el mejoramiento genético como los eventos biotecnológicos son herramientas fundamentales para incrementar la productividad agropecuaria.
La discusión se centra en cómo se remunera esa innovación, quién debe pagar por ella, durante cuánto tiempo y bajo qué condiciones. En definitiva, se debate cómo compatibilizar el derecho de propiedad intelectual, el recupero de las inversiones y la continuidad de los procesos de investigación y desarrollo (I+D), garantizando al mismo tiempo el acceso a la tecnología por parte de los productores.
En este contexto también aparece otro aspecto relevante: la necesidad de adecuar la legislación argentina a los estándares establecidos por UPOV 91, requisito considerado clave para fomentar nuevas inversiones en genética vegetal.
La experiencia internacional demuestra que los países que lograron consolidar sistemas eficientes de protección de la innovación obtuvieron importantes saltos de productividad y competitividad. Argentina necesita resolver esta asignatura pendiente con urgencia, no sólo por el potencial incremento de producción y generación de divisas, sino también por la previsibilidad que demandan las inversiones y la creación de empleo en toda la cadena agroindustrial.
La necesidad de alcanzar acuerdos
Actualmente se analizan distintas alternativas.
Por un lado, el Gobierno y las entidades de productores evalúan la posibilidad de establecer un uso propio oneroso para productores de mayor escala —especialmente en soja—, considerando superficies superiores a las 500 hectáreas, que representarían aproximadamente entre el 18% y el 20% del total de productores, y por un plazo limitado de hasta tres años.
Por otro lado, los obtentores sostienen que el reconocimiento económico por su propiedad intelectual debería mantenerse durante los veinte años de vigencia de sus derechos.
Las posiciones siguen siendo distantes, pero resulta imprescindible construir consensos. Ninguna solución será sostenible si no contempla los intereses legítimos de todos los integrantes de la cadena.
El eslabón más vulnerable de la cadena
En este debate también estamos los multiplicadores y distribuidores de semillas autógamas.
Nuestra actividad enfrenta una realidad compleja. Los márgenes de multiplicación son cada vez más ajustados frente al aumento de los costos operativos, financieros y comerciales. A ello se suma un mercado de semilla fiscalizada que continúa mostrando bajos niveles de adopción.
El riesgo empresarial es elevado. Cuando la semilla producida no encuentra canales de comercialización suficientes, el multiplicador puede verse obligado a destinarla a consumo comercial, perdiendo el valor agregado generado durante todo el proceso de producción y certificación.
Los costos específicos asociados a cada bolsa de semilla representan una parte importante de esta problemática.
Cuadro Nº 1. Costos de producción por bolsa de semilla autógama.
Rubro | Costos / Bolsa de Soja (USD) | Costos / Bolsa de Trigo (USD) |
Regalía por Genética (Obtentor) | 4 a 5 | 2.5 a 3 |
Regalía por Evento Enlist (Obtentor) | 10 a 11 |
|
Valor rótulo INASE | 0.6 a 0.7 | 0.6 a 0.7 |
Valor Muestra Acopiadores | 0.95 a 1.1 | 0.95 a 1.1 |
A estos valores deben sumarse los mayores costos de producción respecto de un cultivo convencional, las coberturas de precio, el riesgo financiero y las mermas operativas, que pueden oscilar entre el 10% y el 15%.
Una actividad que pierde protagonismo
Las encuestas realizadas por CEDASAC muestran una tendencia preocupante.
Cuadro Nº 2. Porcentaje de Socios Semilleros Multiplicadores en relación al Total- Encuestas CEDASAC 2020-2023-2026.
| Año 2020 | Año 2023 | Año 2026 (en proceso) |
Total de Socios (Multiplicadores) | 25 | 20 | 17 |
Total Socios Encuestados | 48 | 44 | 38 |
| 52.1% | 45.5% | 44.7% |
*Encuesta 2026 en proceso.
La multiplicación de semillas autógamas en Córdoba se ha reducido de manera sostenida durante los últimos seis años. Aunque la actividad parece haberse estabilizado en torno al 45% de los asociados, está lejos de mostrar señales de crecimiento.
La falta de reglas claras y de acuerdos duraderos continúa afectando la comercialización de semilla fiscalizada y desalienta nuevas inversiones.
El desafío pendiente
En cultivos autógamos como soja y trigo, una parte significativa de la superficie continúa sembrándose con semilla de uso propio o proveniente de canales informales, práctica conocida históricamente como “bolsa blanca” (CASEM, 2026, en Bichos de Campo).
Esa práctica limita el desarrollo del mercado formal y reduce los recursos disponibles para sostener los programas de mejoramiento genético.
La semilla fiscalizada no representa únicamente una garantía de poder germinativo. También asegura identidad varietal, soporte técnico, trazabilidad y financiamiento para futuras investigaciones. Cuando disminuye el volumen comercializado dentro del sistema formal, no sólo se afecta la rentabilidad de las empresas semilleras; también se debilita la capacidad del país para desarrollar nuevas variedades adaptadas a los desafíos productivos, sanitarios y climáticos del futuro.
Desde CEDASAC sostenemos que la solución sólo será posible si se logra compatibilizar los intereses de todos los actores involucrados.
Sin un marco legal moderno, equilibrado y consensuado, será difícil impulsar nuevas inversiones en investigación y desarrollo, promover la construcción de plantas de procesamiento y multiplicación de semillas en el interior del país, incrementar los rendimientos productivos y garantizar el acceso de los productores argentinos al mejor germoplasma disponible.
La Resolución Conjunta Nº 3/2026 constituye un paso adelante. Sin embargo, la verdadera discusión sigue pendiente: construir una Ley de Semillas que otorgue previsibilidad, fomente la innovación y fortalezca a toda la cadena productiva.




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